La consulta y acceso a la información que administran los Notarios tiene normas especiales de consulta previstas en el Decreto Ley 960 de 1970 en sus artículos 106 y siguientes, al punto de señalarse en el Estatuto que el protocolo no puede ser trasladado de la Notaría e inclusive en caso de que este deba ser consultado por el juez, este debe acudir a la Notaría (Artículo 113 Decreto Ley 960 de 1970).

En la Notaría estamos implementando un programa de gestión documental para dar cumplimiento a la ley de transparencia, para lo cual hemos creado un comité de gestión documental y estamos comprometidos en participar en las capacitaciones para implementar progresivamente los instrumentos de gestión y acceso a la información que garanticen la transparencia en la función notarial.

Información Relacionada:

7.1.2 Índice de información clasificada y reservada.

7.1.4 Programa de gestión documental.

7.1.5. Tablas de retención documental.

https://www.datos.gov.co

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